ES. Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales

En 1999 se aprobó la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), que no sin poca polémica, estableció un mínimo orden competencial al respecto de las profesiones técnicas que se disputaban la habilitación profesional en el ámbito de la edificación, delimitando asimismo el rango de responsabilidades que corresponden al propietario, al promotor, al constructor, al proyectista, al director de obra y al director de la ejecución de la obra. En la sección Archivo de carrascoarquitecto.com está disponible el texto de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de edificación.

La LOE, en su artículo segundo, divide los edificios en tres grupos según su uso sea:
a)Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural.
b)Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.
c)Todas las demás edificaciones cuyos usos no estén expresamente relacionados en los grupos anteriores.

En el artículo décimo se trata la figura del proyectista como agente de la edificación, atribuyéndole  -entre otras- la siguiente obligación:
Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto.
Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo b) del apartado 1 del artículo 2, la titulación académica y profesional habilitante, con carácter general, será la de ingeniero, ingeniero técnico o arquitecto y vendrá determinada por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas [...]
.

Entendió el legislador que los usos regulados en el grupo a) requerían de una especialización del profesional de la edificación que solamente ostentaban los aquitectos. Sin embargo el borrador de Ley de Servicios Profesionales que se ha hecho público da al traste con este planteamiento, reduciendo el campo de la arquitectura al mero hecho constructivo.

Navegando por la red he dado con el siguiente post de la arquitecta Blanca Espigares, que expone muy elocuentemente la preocupación surgida entorno al tema. Lo recojo a continuación para que lo disfrutéis.

Cambiando arquitectura por construcción, o la ignorancia sobre las disciplinas que participan en el proceso constructivo (Publicado por bespigares el 2 enero, 2013 · 217 comentarios )


Estos días el colectivo de arquitectos ha puesto el grito en el cielo y en cualquier plataforma de la web 2.0 hemos podido leer quejas sobre el Proyecto Ley que el Ministerio de Economía y Competitividad quiere llevar a cabo.

En este se dice literalmente:

ARQUITECTOS
– Actualmente: tienen reserva exclusiva para proyectar y dirigir edificios residenciales, docentes, religiosos ( Ley Ordenación de la Edificación)
– Con la reforma: Se suprime reserva exclusiva de actividad. Podrán proyectar y dirigir obras de edificios residenciales, culturales, docentes o religiosos, arquitectos e ingenieros con competencias en edificación.
– Justificación: No es proporcionado reservar la actividad de edificación según los usos. Si un profesional es competente para realizar una edificación, se entiende que también será capaz de realizar otras, con independencia de su uso.

¿Qué significa? Que cualquier ingeniero podrá “proyectar” ese tipo de edificios. ¿Qué es lo curioso de este texto? Que en ningún momento se dice qué es ARQUITECTURA, sólo se piensa en términos de CONSTRUCCIÓN. Se entiende que si un ingeniero puede levantar la estructura de un puente, será capaz de levantar la estructura de un edificio. Y obviamente lo hará, y no se le caerá. Pero es que la arquitectura es algo más que una estructura.

Los arquitectos somos una disciplina denostada. Parte debido a que otros sectores que participan en el proceso de construcción han estado interesados en desprestigiarnos para entrar ellos a participar de nuestras competencias. Sin embargo, yo entono el “mea culpa” y digo que una gran parte de culpa es nuestra.

El rollito estrella-artista del que vamos y el que muchos piensen que es una disciplina que la ciudadanía no puede comprender porque estamos por encima (esto me lo decían muchos profesores de la carrera), no ha ayudado nada. El que muchos arquitectos de renombre digan lo de “es que hay que enseñar a la gente a habitar”, no hace más que granjearnos enemigos y mala prensa. En los últimos años esto ha variado algo, ya que la arquitectura ha (re)comenzado a beber de otras disciplinas y esto ha producido movimientos muy volcados en el trabajo con la ciudadanía, con el lugar, el paisaje, el territorio, con conocer costumbres, historias y gentes. Aún así, para muchos somos esos engreídos caprichosos que piensan más en su ego y la revista, que en sus clientes.

Pero aparte, le ha hecho un gran daño a la profesión que muchos se vendieran durante años al boom de la burbuja, haciendo “pitufos” (adosados) en masa con una total ausencia de sentido arquitectónico y sólo buscando el máximo beneficio para el constructor y para él mismo. Y dentro de esa vorágine constructora, lo más perjudicial ha sido la más que conocida afición a firmar proyectos a ingenieros, aparejadores y constructores a cambio de remuneración, sabiendo que lo que se estaba firmando era de todo menos arquitectura. En Granada por ejemplo es famoso un estudio que visaba anualmente unos 700 proyectos. ¡¡700!! Eso es que, sin vacaciones ni fines de semana, este buen hombre era un prodigio capaz de hacer DOS PROYECTOS DIARIOS. También algunos estudios-estrella han contribuido en este punto. Mientras algunos famosos arquitectos salían explicando lo que es la arquitectura en renombradas publicaciones, existían dos áreas de trabajo en sus empresas: el A y el B; como en las contabilidades de casi todas las empresas españolas: lo que quieres que se vea, y lo que no. El área A hace esos proyectos de revista y el B, gracias a los contactos en administraciones regionales de sus arquitectos-estrella, sacaban como churros proyectos de viviendas unifamiliares y colectivas que no iban firmados por ellos, sino por colaboradores y becarios, pero que eran los proyectos que los han enriquecido durante estos años de burbuja.

En este punto muchos compañeros estarán a punto de matarme y escribirme: ¿Por qué haces una defensa de la arquitectura partiendo de una autocrítica feroz? Porque nunca he pensado que haya nadie completamente bueno ni nadie completamente malo, y el que en el Proyecto Ley se hable de “proyecto de construcción” y no de arquitectura es en gran parte culpa nuestra.

Cualquiera que me lea sabe que opino que este Gobierno está haciendo Leyes como churros sin entender el trasfondo de lo que legislan, dejando cabos sueltos sin parar, agujeros negros y zonas grises,  y todo debido a unas prisas desenfrenadas por legislar cuestiones ya legisladas y meterlas en su ansia liberalizadora. Sin entrar en ese tema, se ve claramente que en este Proyecto Ley, ni el Ministro ni su gabinete de especialistas, saben nada de arquitectura ni conocen la diferencia entre un puente y una vivienda. Lo reducen todo a “una cuestión de usos” y “construcción”.

Yo imparto docencia en la asignatura de Proyectos de la Escuela de Arquitectura de Granada. Muchas personas me preguntan “¿exáctamente en qué consiste esa asignatura?” Y yo trato de explicar que es la asignatura principal que nos diferencia de una ingeniería o de Arquitectura Técnica o Aparejadores (es difícil saber cómo llamarles ahora mismo), que es “diseño”, que es “creación”, es lograr que la técnica roce el arte para que constructivamente esté bien ejecutado, pero no sea una mera acumulación de espacios que contienen usos.

De una forma algo simplificada y sencilla, sin la acostumbrada retórica que usamos los arquitectos en este tema, voy a tratar de explicar la diferencia entre proyecto de arquitectura y construcción.

Le Corbusier definía de esta manera: La arquitectura está más allá de los hechos utilitarios. La arquitectura es un hecho plástico. (…) La arquitectura es el juego sabio, correcto, magnífico de los volúmenes bajo la luz. (…) Su significado y su tarea no es sólo reflejar la construcción y absorber una función, si por función se entiende la de la utilidad pura y simple, la del confort y la elegancia práctica. La arquitectura es arte en su sentido más elevado, es orden matemático, es teoría pura, armonía completa gracias a la exacta proporción de todas las relaciones: ésta es la “función” de la arquitectura“.

El proyecto arquitectónico es un complejo proceso que comienza rastreando el lugar, conociéndolo, dibujándolo, aprehendiendo de él. Y este lo compone el entorno, el territorio, sus habitantes, su historia… Ese lugar es el que cada arquitecto lee de forma diferente extrayendo distintas claves que comenzarán a dibujar una idea que estructurará el proyecto. Y desde el inicio está acompañado de tanteos con su construcción, materiales, estructura e instalaciones.

La arquitectura interactúa con las personas, transforma espacios, mejora sensiblemente la vida o la empeora. Y debemos ser conscientes de que es una gran responsabilidad. Por lo que, no consiste en la simple acumulación de espacios con usos. Sino que se busca que esos espacios además puedan de alguna manera confortar, emocionar, que sean espacios para ser contemplados, vividos, disfrutados. Un edificio puede estar ejecutado de una forma magistral, pero sus espacios puede que sean antipáticos, que no transmitan emoción o que ni siquiera funcione adecuadamente para el uso pensado. Todos disfrutamos paseando por ciertos espacios de las ciudades y rehuimos a hacerlo en otros, todos nos emocionamos visitando ciertos edificios, y de otros sólo queremos salir rápido.

Hay compañeros comparando el Proyecto Ley con que sería igual que si dejaran a enfermeros operar. Yo no lo veo así. Podríamos decir que es como si cualquier médico pudiera curarte de cualquier enfermedad. Los médicos han estudiado todos lo mismo, pero cada uno tiene su especialidad. Un cirujano plástico me decía una vez que si tenían que quitarme un lunar o algo en la piel, acudiera para el diagnóstico a un dermatólogo, pero para quitarlo a un cirujano. Los dermatólogos me lo quitarían sin problema, pero podrían dejarme cicatrices porque los especialistas en coser y cortar para que no quede señal son cirujanos. Obviamente, esto tiene sus matices: habrá dermatólogos más hábiles y preocupados por la cicatriz, que otros. Pero me hizo pensar.  Levantar estructuras que no se caigan podemos hacerlo ingenieros y arquitectos, pero que esas estructuras modelen el espacio y la luz para que surjan espacios emocionantes, esa es labor de la arquitectura.

He tenido muchos alumnos que venían de otras disciplinas, muchos arquitectos técnicos e ingenieros, y a final de curso solían decirme: yo venía con la idea de que esto era sólo poner usos y construir, no entendía la poética del lugar, lo importante que es que una idea hile el pensamiento durante todo el proceso, que el lugar es importante. Y es que no pueden saberlo porque NO TIENEN ASIGNATURAS SOBRE ELLO.

Este Proyecto Ley está redactado desde la más pura ignorancia e insensibilidad hacia la arquitectura, reduciendo todo a “simple construcción”, con una total ausencia de conocimiento humanístico, lo que en este Gobierno viene siendo ya una marcada tendencia.

Y en gran parte es culpa de nuestro gremio porque hemos contribuido a que la ciudadanía pero sobre todo los políticos especuladores crean que la arquitectura es sólo construcción y contenedores de usos, que no tienen nada que ver con el arte y que no es crear espacios, sino acumularlos. Y es tarea nuestra en poco tiempo tratar de transmitir estas diferencias para que así no se apruebe una Ley que no tiene reflejo en ningún país de Europa y que contribuiría aún más a seguir marcando nuestro maltrecho territorio con cicatrices. Y es que todos escribimos, pero no todo lo que se escribe es literatura.

Por su parte el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España ha hecho pública una declaración de oposición al borrador del anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales a la cual es posible adherirse como persona física o institución (Enlace a declaración del CSCAE).


CAIB. 2013, más de lo mismo

Finaliza 2012 y como es costumbre en estas fechas toca hacer balance del año que dejamos atrás. La mayoría de medios califica este casi extinto 2012 como un año "complicado", en el que la crisis no vislubra su final y la corrupción política sigue siendo portada en la prensa. En resumidas cuentas, en el 2012 no ha acaecido el fin del mundo y el panorama venidero se presenta fácilmente previsible: más de lo mismo; más crisis, más paro, más impuestos, más recortes, más crispación... La clase política, que según las encuestas se ha convertido en una de las principales preocupaciones de los españoles, apoltronada en sus sillones nos ha brindado a nivel urbanístico (procesos judiciales a parte) varios episodios destacables.

El lobby turístico ha hecho de la crisis una poderosa arma y, arguyendo la falta de competitividad fruto de las trabas burocráticas que impiden realizar inversiones que reactiven la economía de las islas, ha encontrado en el gobierno balear un aliado que les allana el camino a modo de apisonadora, defendiendo sin complejos el crecimiento económico a cualquier precio y por encima de todo, incluída la preservación del terriotorio y la ordenación urbanística. No es casual pues, que la nueva Ley de turismo permita a los hoteleros emprender proyectos al margen de cualquier regulación salvo el beneplácito de la consejería que les rinde pleitesía.

En el capítulo de ordenación del territorio, la amnistía urbanística ha sido uno de los temas estrella de este año, en sintonía con el carácter desregulador del ejecutivo que, sin embargo, continúa el modus operandi de su predecesor socialista de sacar parches y remiendos a medida, a base de decretos y leyes de medidas urgentes que modifican artículos concretos de otras anteriores que a su vez modificaron otra ley anterior. Unos granitos de arena más en la ya caótica normativa urbanística balear. No obstante, parece ser que en el nuevo 2013 podría ver finalmente la luz la largamente esperada Ley del suelo, una ley coja si, como se comenta, evita entrar a regular el suelo rústico. Esperemos que por lo menos el texto sea constitucional y no suceda lo mismo que con el Decreto Ley 2/2012 y su posterior Ley 7/2012.

Como digo un 2013 similar al presente, en el que lejos de encontrar soluciones los políticos seguirán reprochándose sus miserias los unos a los otros, sin que los ciudadanos veamos realmente una disposición a solucionar los problemas reales de aquellos que les han votado. Un año en el que se seguirá primando la urbanización del territorio frente al reciclaje de los tejidos urbanos, la contrucción frente a la reforma, el consumo energético frente al ahorro; estrategias imprescindibles cuando los tiempos de bonanza ya no son más que un fugaz recuerdo. Sin embargo, el año 2013 trae consigo un dato positivo e irrefutable: estamos un año más cerca del final de esta crisis. Esperemos que el sentido común reine en este nuevo año.

Feliz y próspero 2013 a todos!

ARQ. Salud en la arquitectura

Hoy me he topado con la siguiente noticia, sobre un estudio que relaciona las consecuencias que puede tener para la salud un exceso de humedad ambiental dentro de la vivienda. En concreto, la noticia se centra en el hábito de secar la ropa dentro de la vivienda en los meses más fríos del año. Por curiosa y por tratarse de un hábito extrapolable a nuestas latitudes he decidido hacerme eco de ella; aunque también para poner de manifiesto esa sana costumbre arquitectónica que es (aunque la normativa municipal no lo exija) incluir dentro del programa de la vivienda un espacio destinado a lavandería-tendedero.

MADRID, 6 Nov. (EUROPA PRESS). Secar la ropa en el interior de una vivienda puede suponer un riesgo para la salud, especialmente para las personas afectadas por asma, rinitis u otras alergias, según ha mostrado un estudio llevado a cabo por la Unidad de Investigación de Arquitectura Ambiental Mackintosh en Glasgow (Reino Unido).
Y es que, tener ropa mojada en el interior de la vivienda incrementa la humedad del aire y provoca la aparición de esporas de moho y ácaros del polvo que perjudican a la salud.
 Por ello, los investigadores analizaron la calidad del aire de 100 hogares y el consumo de energía vinculados a los hábitos de secado de ropa. De esta forma, encontraron que en el 87 por ciento de las viviendas se secaba la ropa en el interior de los domicilios durante los meses más fríos.
 

"La población no es consciente de cuánta humedad libera esta ropa en el aire. Al visitar los hogares nos encontramos que estaban secando su ropa en la sala o en sus habitaciones y que, incluso, algunas personas habían decorado, literalmente, la casa con ropa para secar", ha comentado una de las investigadoras, Rosalie Menon. 
Así, los expertos comprobaron que el 75 por ciento de las viviendas estudiadas tenían los niveles de humedad propicios para la aparición de ácaros de polvo. Además, hallaron una "fuerte" asociación entre el secado de ropa y la formación de esporas de moho. 
En concreto, se descubrió que una espora, que causa infecciones pulmonares en personas con sistemas inmunes debilitados, estaba presente en el 25 por ciento de los hogares analizados.

La investigación, financiada por el Consejo de Investigación de Ingeniería y Ciencias Físicas, es la primera que sigue un registro de las implicaciones del secado pasivo de ropa dentro de los hogares. En este caso, todos los tipos de casas investigadas carecían de un espacio adecuado para secar ropa. Una solución para este problema son las secadoras automáticas de ropa, aunque, según han comprobado los expertos, el coste y el gasto de energía que generan estas máquinas es "demasiado alto" para muchas personas. Por ello, han pedido que las nuevas viviendas se construyan con áreas especiales dedicadas al secado de ropa para evitar problemas de salud. "Estos espacios deben tener calefacción y ventilación independiente. Es casi como volver a incluir los armarios para ventilar ropa que solían verse en casas más antiguas", ha concluido Menon.

CAIB. Exención al cumplimiento del Reglamento de Barreras Arquitectónicas

La Disposición Adicional única del Decreto 110/2010, de 15 de octubre (modificada por el Decreto 94/2011, de 16 de septiembre), se prevé la posibilidad de que en ciertos casos un edificio sea exonerado del cumplimiento del Reglamento de Supresión de Barreras Arquitectónicas de las Islas Baleares:

 "La exención del cumplimiento de este Decreto, por motivos de carácter histórico-artístico, de condiciones físicas del terreno, de imposibilidad material o por otro motivo, está condicionada a la presentación de la documentación técnica que la justifique y debe ser resuelta por el Consejero o Consejera competente en la materia en un plazo máximo de tres meses a partir de la solicitud y con el informe previo del Consejo Asesor, en los supuestos del artículo 36 f, o con un informe previo de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en los casos de exención del cumplimiento del Decreto por condiciones físicas del terreno, de imposibilidad material o por otro motivo".

La Orden de 1 de octubre de 2012, publicada en el BOIB núm. 166, de 08/11/2012, establece el procedimiento de solicitud y los supuestos de exención del cumplimiento del Decreto 110/2010, incluye aclaraciones sobre su aplicabilidad y prevé la opción de instalar dispositivos de accesibilidad alternativos a los previstos en el Decreto. La documentación a presentar es la siguiente:

  • Documento acreditativo de la propiedad del inmueble o del contrato de alquiler.
  • Planos de emplazamiento, de las plantas actuales, de las secciones y de circulación del público, y, en su caso, de las plantas modificadas. En todos los planos deben figurar las cotas de nivel.
  • Documento justificativo de la antigüedad del edificio.
  • Fotografías de las fachadas.
  • Informe del técnico competente sobre la imposibilidad de cumplir los parámetros establecidos en el Decreto 110/2010 y sobre las alternativas posibles para adecuarse al Decreto.
  • En el caso de exenciones por razones de carácter histórico-artístico, informe técnico municipal o de los organismos competentes en la materia, en la que conste que las obras necesarias para hacer accesible el edificio no son autorizables por motivos de carácter histórico-artístico.

La Orden de 01/10/2012 ya está disponible en carrascoarquitecto.com en la sección Archivo.

WEB. Novedades en carrascoarquitecto.com

En la sección de Archivo de carrascoarquitecto.com ya está disponible el articulado del Decreto-Ley 7/2012, de 15 de junio, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, y otras actividades, en el cual se modifica -entre otras- la Ley 16/2006, de 17 de octubre, de actividades, estableciendo novedades en lo que se refiere a la regulación de actividades mayores, menores e inocuas.

También he añadido en el apartado de Links de la sección Archivo, los enlaces a diversos visualizadores de información territorial y planeamiento urbanístico. En concreto:

- DPMT. Visor del Dominio Público Marítimo Terrestre
- RPUC. Registro de Planeamiento Urbanístico de Catalunya
- PLANEA. Información Territorial y Urbanística de Madrid
- IDEIB. Visor de Infraestructura de Datos Espaciales de las Illes Balears

CAIB. La amnistía urbanística del conseller Company


Si alguien pensaba que el Far West se encontraba en Estados Unidos se equivoca. Está aquí, en España, y se llama Mallorca. Por lo menos urbanísticamente hablando, o eso es lo que pretenden los iluminados líderes potíticos que nos (des)gobiernan. El vaquero Company ya marcó su territorio con la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística “sostenible” (de dudosa constitucionalidad tal como publiqué en el post de 14/06/12). Ahora, presuntamente irá un paso más allá y decretará una amnistía para premiar a aquellos que han incumplido la Ley, siguiendo la misma línea que trazara su compañero Delgado para los hoteleros. El mensaje a los ciudadanos de esta comunidad es el de siempre, pero no por conocido menos desolador: “Haced lo que os dé la gana que ya lo arreglaremos!”. Para qué van los ciudadanos a cumplir con la Ley si periódicamente se absuelve a los infractores de sus pecados, haciendo leyes a medida para regularizar ex profeso actuaciones irregulares. Últimamente, los medios de comunicación han hecho hincapié en que en nuestro país sobran políticos; de esta clase, desde luego, sí. Da la impresión de que este Govern odia profundamente su tierra ¿cómo se explican si no las úlimas políticas en contra del territorio y la cultura balear?

A continuación transcribo la noticia publicada en la edición impresa de Diario de Mallorca del sábado 25 de agosto de 2012 que un compañero arquitecto me ha remitido: 

"El Govern prepara una amnistía para 20.000 casa ilegales en suelo rústico
El borrador de la nueva Ley del Suelo contempla la legitimación de las obras irregulares que puedan garantizar un mínima de 8 años de antigüedad. La medida servirá para que los ayuntamientos hagan caja con licencias y proyectos de regularización.

MIQUEL ADROVER, Palma. La consellería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Govern prepara una gran amnistía urbanística para unas 20.000 casas ilegales en suelo rústico. La medida, incluída en el borrador de la nueva Ley de Suelo que elabora el Ejecutivo autonómico, contempla la reguarización de aquellas obras, incluídas ampliaciones fuera de ordenación urbanística que cuenten con más de ocho años de antigüedad.

La nueva normativa urbanística, en caso de que se llegue a aprobar, puede significar la regularización de más del 50% de las obras ilegales que están en estos momentos en suelo rústico. Según fuentes del Consell, se calcula que en Mallorca están asentados en el campo en torno a los 40.000 inmuebles. Desde principios de los 80, fecha en que la institución insular cuenta con competencias para regular estas edificaciones, solo se han dado licencias par unas 10.000 casas.

Según ha podido saber DIARIO DE MALLORCA, el borrador de la nueva Ley del Suelo ha sido remitido por parte del Govern a los departamentos de urbanismo de los principales ayuntamientos y a los consells insulars. El texto incluye una disposición adicional que contempla la legalización de las obras irregulares que cumplan la premisa antes mencionada de contar con más de 8 años de edad. Algunos técnicos municipales consultados por este periódico calificaron la medida de “indulto sin precedentes a la infracciones urbanísticas de Balears”.

La condición de que los propietarios garanticen una antigüedad superior a los 8 años es porque a partir de esa edad los ayuntamientos ya no mueden imponer sanciones ni dictar órdenes de demolición contra las infracciones urbanísticas, tanto en suelo rústico como en suelo urbano. Fuentes consultadas apuntaron que el Govern quiere aplicar un concepto similar al llamado “silencio administrativo positivo”. Este concepto se basa en que si la administración no ha resuelto en estos 8 años se entiende que la actuación del administrado ha sido correcta.

La disposición adicional del borrador de la Ley de Suelo [ver nota] no solo se refiere a suelo rústico. También se podrán acoger a ella las construcciones que cumplan los requisitos en suelo urbano. Lo que ocurre es que en las zonas urbanas la incidencia de las obras ilegales es mucho menor que en el campo, ya que los ayuntamientos tienen muchos más medios para su control.

Las construcciones ilegales levantadas en Áreas Naturales de Especial Interés (ANEI) y Áreas Naturales de Interés Paisajístico (ARIP) no están incluídas en la amnistía urbanítica que prepara el Govern. Este tipo de construcciones se regulan con una norma de rango superior como es la Ley de Espacios Naturales (LEN).

Los ayuntamientos harán caja
Para culminar la legalización de las obras irregulares será preciso que los propietarios encarguen un proyecto de legalización a un arquitecto y que sea avalado por una licencia municipal de obra. Al haber superado los 8 años de antigüedad de la edificación, no será necesario que se deban realizar demoliciones de las partes irregulares para adaptar la construcción a la normativa vigente.

Este proceso significará una fuente de ingresos importante para los ayuntamientos. Cada proyecto de legalización puede dejar una media de 10.000 euros para las arcas municipales. Será, sin duda, una nueva vía de financiación para las haciendas locales en los últimos años, desde el inicio de la crisis, han visto como las entradas de dinero han bajado de forma estrepitosa a causa del cesa de la construcción.

La pretensión del Govern, con esta nueva norma, es la de dar continuidad a la Ley de Desarrollo Sostenible, conocida también como Ley Company. Esta normativa, de la cual Madrid duda de su constitucionalidad, se encargará de legalizar las urbanizaciones irregulares. Ahora, con la Ley de Suelo, también se podrán legalizar las viviendas.

Esta medida del Govern vuelve a suponer un nuevo recorte para las competencias urbanísticas del Consell, institución que en las últimas décadas ha tenido el control absoluto en el suelo rústico. Hasta el momento, la mayoría de infracciones urbanísticas importantes eran gestionadas por la institución insular, debido a que los ayuntamientos no podían asumir la tramitación de la infracción por la elevada cuantía de la multa. Ahora, estos expedientes se reducirán a la mínima expresión.

Algunas obras ilegales muy conocidas en Mallorca, como es el caso de la casa del tenista Boris Becker en Artà, ahora podrían regularizarse sin coste alguno. Hay que recordar que la sanción impuesta por el Consell a Becker superó el millón de euros.

El decreto 8/2011 del Gobierno de Rodríguez Zapatero califica los solares inscritos en los registros con edificaciones ilegales como terrenos “fuera de ordenación”. Esta norma era muy perjudicial para los propietarios, ya que les impedía poder concertar hipotecas con los mismos. Asimismo, la ilegalidad quedaba registrada de por vida en la documentación, lo que ponía trabas a la hora de las compras y ventas de los inmuebles a causa de esta denominación.
El Govern, con el indulto generalizado a las obras ilegales, solucionará esta polémica. Una vez obtengan la legalización por la vía de la Ley de Suelo [ver nota] ya serán terrenos e inmuebles aptos para avalar préstamos o hipotecas ante las entidades bancarias".

Nota: Aunque el texto original dice “Ley de Suelo rústico”, entiendo que se trata de un error y que el periodista se refiera al objeto de la notícia, que es el borrador de la Ley de Suelo.


En la sección de opinión del mismo ejemplar de Diario de Mallorca encontramos en la edición digital el siguiente artículo de opinión: 

"Lo construido, bien levantado está 
Si se cumplen las previsiones del Govern, la nueva Ley del Suelo dará amparo legal a 20.000 edificaciones irregulares en suelo rústico de Mallorca. Sólo se exigirá proyecto de legalización y abonar la licencia.

LLORENÇ RIERA. La diferencia y el desmarque que quiere acotar José Ramón Bauzá con respeto al Ejecutivo de su predecesor Jaume Matas no es tanto. Las decisiones y los comportamientos van desvelando de forma progresiva que ambos presidentes confluyen en muchas más cosas de las que, sobre todo el actual, quiere aparentar. Y lo hacen en cuestiones esenciales, nada intrascendentes. Campos ha sido municipio pretendido por ambos mandatarios. Matas se encariñó con un campo de polo en él y Bauzá acaricia y tutela un macroproyecto hotelero en Sa Ràpita. Como si Es Trenc estuviera a prueba de todo o se quedara en postal perenne de colorido engañoso de la realidad. 

Pero esta canalización de actuaciones urbanísticas en el municipio mallorquín que se autoconsidera víctima del proteccionismo ecologista en Mallorca es sólo el escaparate, la punta del iceberg de causas y ambiciones mayores, porque lo que de verdad encandila al expresdient procesado y al president en activo es la amnistía urbanística. Si el perdón de la ilegalidad fuera virtud, tanto Matas como Bauzá estarían ya, con méritos sobrados, sobre el pedestal de los prohombres de este archipiélago fenicio. Si Matas quiso desclasificar urbanizaciones, liberalizar proyectos turísticos, Bauzá confirma ahora las pocas dudas que quedaban de que está decidido a seguir sus pasos. 

Se ha visto en la Ley de Desarrollo Sostenible de cuya constitucionalidad duda hasta el mismo Gobierno Rajoy y se reafirma en la reforma de la Ley del Suelo que se avecina.

Sobre todo en una de sus disposiciones adicionales que, en expresión de un técnico municipal, constituirá "un indulto sin precedentes". La afirmación obedece a la previsión de legalizar unas 20.000 construcciones rurales ilegales existentes en Mallorca con el único trámite de acreditar 8 años de antigüedad acompañado de un proyecto de legalización y el abono del permiso municipal de obra. Desde que adquirió las competencias, en la década de los 80, sólo se han regularizado 10.000 edificaciones en suelo rústico. Se calcula que la fora vila mallorquina está salpicada con 40.000 chalés. Si se cumplen las previsiones del Govern Bauzá, o de no mediar nuevos recursos o interpelaciones como la que ha hecho el Gobierno Rajoy con el desarrollo sostenible de Balears sin informe medioambiental, el Consell volverá a perder competencias urbanísticas y los ayuntamientos desesperados podrán hacer caja. Se da por sentado que cada legalización rústica puede reportar unos ingresos de 10.000 euros. 

Aplicando comportamientos análogos a los del silencio administrativo positivo, se impone el ideario de que lo hecho, bien hecho está y queda perfectamente homologado con el pago de impuestos y tasas municipales. Sólo se alcanza el límite, prácticamente por efectos de causa mayor, de las construcciones en ANEI, por estar sujetas a la norma superior de la Ley de Espacios Naturales. La permisividad queda homologada. Con la nueva normativa se remite a la ciudadanía un mensaje de inseguridad jurídica de alta nocividad en el sentido de que todo acaba legalizando y regularizando un día u otro perjudicando a quien ha sido escrupuloso y respetuoso con la ley en el momento oportuno. Los criterios económicos y de clientelismo se imponen por encima de cualquier otro".

CAIB. Modificación de la Ley 7/2012

En relación con el post publicado el 14/06/12, el Boletín Oficial del Estado (Núm. 196 de 16/08/2012, Sec. III, pág. 59062) publica la siguiente resolución de 24 de julio de 2012 de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible.

"La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en su reunión celebrada el día 23 de julio de 2012, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias en relación con los articulos 7.2, 10 y 17; y disposiciones adicionales 1.ª, 3.ª y 4.ª; y disposición transitoria 2.ª de la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears»
". 

Habrá que estar pendientes, pues, de las probables modificaciones que se apliquen a la citada Ley al respecto de los deberes de cesión.