CAIB. Aplicabilidad de la amnistía urbanística


Ya queda menos para que se pueda aplicar la Disposición Transitoria Décima de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, o lo que viene a ser lo mismo, la amnistía Company [Ya es aplicable. Ver más adelante la actualización de este post de 17.07.2014]. Semanas atrás conocíamos por la prensa que el Consell de Formentera tenía meridianamente claro que ellos no iban a formar parte de esa tomadura de pelo electoralista, mientras que a sus vecinos ibicencos les faltaba tiempo para dar el pistoletazo de salida. En Mallorca las cosas llevaban un ritmo intermedio, pues la presidenta del Consell de Mallorca, prefirió compartir la responsabilidad entre los alcaldes peperos y sondear su opinión. Parece ser que la balanza se decanta hacia la puesta en marcha de la amnistía urbanística.

Hablo de tomadura de pelo electoralista, porque es una medida populista que seguramente no tenga un alcance tan amplio como se quiere hacer creer. Por un lado, ¿qué interés puede tener alguien alguien en embarcarse en la legalización su casita ilegal cuya infracción está prescrita y de la que disfruta sin quebradero de cabeza alguno? Además, seguramente la tenga escriturada, registrada, con contador de luz y pague religiosamente el IBI. Por otro lado, al que le pilló la administración, paró las obras, pagó la multa y dejó la edificación a medio hacer tampoco le sirve de nada la amnistía, pues la infracción prescribe tras ocho años de la total finalización de las obras. En este punto nos tendremos que referir a la rigurosidad de los ayuntamientos, de los cuales dependerá dirimir si la prescripción que aleguen los amnistiados está debidamente justificada o no, ya que la amnistía le es aplicable al edificio en cuestión por la "manifiesta prescripción de la infracción", algo que no es ni automático ni tan sencillo de demostrar como se intenta vender al público.

Por su parte, la edición digital de Ultima Hora nos ofrece la siguiente noticia al respecto de la cuenta atrás para la aplicabilidad en Mallorca de la amnistía urbanística de Company:

El Consell inicia el proceso para regularizar unas 20.000 viviendas ilegales en suelo rústico

Nekane Domblás | Palma | 03/07/2014
El Consell de Mallorca abre hoy la puerta a que los ayuntamientos legalicen las más 20.000 viviendas ilegales que se calcula hay en el campo mallorquín. La comisión informativa dará el visto bueno al inicio del proceso ya que se sumará a la «declaración de aplicabilidad» de esta facultad, incluida en la Ley del Suelo. El acuerdo será ratificado en el pleno de la próxima semana y abre 'de facto' el proceso de regularización de viviendas ilegales, al que aún no se había sumado la institución que preside Maria Salom.
A pesar de que es el Consell quien abre la puerta, son los ayuntamientos quienes tienen la llave de la aplicación de esta amnistía. El Consell habilita la posibilidad de que, en los próximos tres años, los municipios legalicen las viviendas construidas en suelo rústico sin permiso.
No lo podrán hacer todas las que se hayan construido durante estos años ya que la norma aprobada por el Govern determina que solo podrán acogerse a la amnistía aquellas obras ilegales que hayan prescrito. Es decir, en suelo rústico común, en el que se necesita un mínimo de 14.000 metros cuadrados para edificar un vivienda, las obran deberán tener un mínimo de diez años de antigüedad.
LEN
En aquellas obras ilegales realizadas en zonas de especial protección paisajística, habrá que remontarse hasta el año 1991, fecha de aprobación de la Ley de Espacios Naturales, para poder legalizar las construcciones hechas sin permisos.
Los ciudadanos deberán presentar su proyecto de legalización con una valoración de las obras hechas sin licencia. La ley establece que los infractores deberán pagar una multa del 15 por ciento del valor de la obra hecha sin permiso. La sanción sube al 20 por ciento si la legalización se hace en el segundo año, mientras que, si se espera hasta el tercer año, la sanción será del 30 por ciento del valor de la obra ilegal.
Este trámite será, tal vez, el más complicado de todos los que prevé el mecanismo ya que la valoración que realicen los ciudadanos debe ser confirmada por un técnico. Por lo tanto, el ayuntamiento respectivo deberá certificar que la valoración del propietario es correcta.
Es muy probable que la inmensa mayoría de las legalizaciones se realicen durante el primer año del proceso, ya que la sanción es más baja, pero tanto en el Govern como en el Consell tienen dudas sobre si el proceso será masivo o si serán pocos quienes se avengan a pagar una multa por un delito que ya ha prescrito. En cualquier caso, el proceso servirá para hacer un cálculo más certero del número de viviendas construidas ilegalmente en suelo rústico en los últimos años.

Actualización de 12.07.14:

Esta es la nota de prensa publicada en la web del Consell de Mallorca el 10.07.14:

El Ple del Consell de Mallorca aprova aplicar el mecanisme que preveu la Llei del sòl per restablir la legalitat de les infraccions urbanístiques prescrites en rústic (10.07.2014)
El conseller d’Urbanisme i Territori, Mauricio Rovira, ha explicat que els ajuntaments han demanat majoritàriament posar en marxa aquesta mesura i que es tracta de legalitzacions dels casos en què la disciplina urbanística ja no pot actuar, ni amb sancions ni amb demolició»

El Ple del Consell de Mallorca ha aprovat avui l’aplicabilitat del mecanisme que preveu la Llei d’ordenació i ús del sòl per posar en marxa les mesures de restabliment de la legalitat de les infraccions urbanístiques prescrites en sòl rústic comú o en sòl rústic protegit anteriors a l’any 1991.

L’acord s’ha pres amb els vots a favor dels consellers del Partit Popular. Els grups de l’oposició, PSIB-PSOE i MÉS, han votat en contra.

El conseller d’Urbanisme i Territori, Mauricio Rovira, ha explicat que el Consell ha decidit aplicar la disposició transitòria de la Llei després de fer  una ronda de consultes amb representants dels municipis de Mallorca, amb la qual es va constatar una opinió favorable majoritària a iniciar el procés de legalització de les infraccions urbanístiques en sòl rústic ja prescrites.

Rovira ha precisat que «es tracta de legalitzacions que només podran aplicar-se en els casos en què la disciplina urbanística ja no pot actuar, ni amb sancions ni amb demolició».

«La Llei ha d’aplicar-se per igual a les illes. Eivissa ha dit que sí a l’aplicació del mecanisme; Formentera, no i Menorca l’aprovarà aviat. Els ciutadans han de tenir els mateixos avantatges que a les altres illes», ha defensat el conseller d’Urbanisme i Territori. I ha aclarit que «la participació del Consell és únicament posar en marxa aquest mecanisme. El govern insular no inicia cap legalització sinó que són els ajuntaments els que decidiran sobre cada un dels expedients».

La vigència d’aquesta disposició de la Llei del sòl és de tres anys, a partir de la publicació de l'acord del ple del Consell en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB). A partir d’aquí seran els ajuntaments els encarregats de tramitar els expedients de legalització.

Actualización de 17.07.14:

En fecha de hoy, 17.07.2014 se publica en el BOIB núm. 96 la resolución del Consell Insular de Mallorca por la cual puede empezar a aplicarse la regularización extraordinaria (amnistía) recogida en la LOUS y, por lo tanto, también empieza a contar el plazo de tres años para que los infractores puedan aprovecharse de dicho procedimiento.